Subsidios de alquiler de BPS para Jubilados y Pensionistas se exitiende a todo el territorio

Los jubilados y pensionistas de nuestro país, pueden acceder el Programa de Soluciones Habitacionales de BPS. Este es un programa que ofrece viviendas en “régimen de uso y goce” aquellas personas jubiladas y pensionistas de bajos recursos.

En Septiembre del 2023, BPS lanzó un plan piloto, que subsidia alquileres a jubilados y pensionistas, buscando “modernizar y hacer mas eficiente” el Programa Soluciones Habitacionales. Con este nuevo plan, BPS reduce el tiempo de espera y la demanda insatisfecha de los pasivos que solicitan el acceso a la vivienda.

Comenzó siendo un plan piloto, que sólo se aplicó en algunas localidades como Artigas, Las Piedras, Progreso, Durazno, Sarandí del Yí, Paysandú, Melo, Río Branco, Casupá y Sarandí Grande.

A partir de este año 2024, el programa se extiende a todo el país.

“Todo aquel que tenga derecho a una solución habitacional, puede alquilar una vivienda, lo estaremos convocando” indicó Ariel Ferrari, Director del Banco de Previsión Social (BPS).

El jerarca sostuvo que la experiencia fue importante y positiva, y por esa razón el directorio resolvió extender el programa a todo el territorio nacional.

¿Quienes pueden acceder al subsidio de alquiler de BPS?

Titulares de jubilaciones y pensiones sobrevivencia servidas por BPS que residan en el país, con desalojo o lanzamiento iniciado.

¿Quienes NO pueden acceder al beneficio?

No pueden acceder los pensionistas a la vejez o por invalidez. Titulares de jubilaciones o pensiones a término y de subsidios transitorios por incapacidad parcial. Quienes sean propietarios, copropietarios, usufructuario, titular de derecho de uso y habitación, promitente comprador o titular de otros programas de vivienda públicos o privados. Tampoco pueden acceder quienes perciban ingresos nominales superiores al tope reglamentario, el equivalente a 12 UR ($ 19.450,92).

¿Cómo se accede al subsidio de alquileres de BPS?

El jubilado o pensionista beneficiario, puede presentar una solución habitacional (vivienda), que desee alquilar, o escoger entre las opciones con las que cuenta la cartera.

Requisitos para inscribirse en el plan piloto de subsidio de alquileres de BPS

Debe ser jubilado o recibir pensión contributiva (por fallecimiento) de BPS. Los ingresos nominales básicos,  no pueden superar las 12 Unidades Reajustables,  al momento de la inscripción. Es importante tener en cuenta que además de la jubilación y pensión de BPS,  se le van a sumar todos los ingresos regulares y permanentes de cualquier naturaleza, es decir, ingresos por caja militar, policial, bancaria, profesional, notarial o extranjera. Asimismo, se tomarán en cuenta los ingresos percibidos por alguna actividad extra, o alguna ayuda monetaria familiar. Quedan exceptuadas de este punto las prestaciones por concepto de rentas personales permanentes por accidentes de trabajo del BSE y de prima por edad. Y si alguna persona va a cohabitar la casa, se le solicitarán los mismos requisitos que al aspirante.

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Documentación que debe presentar para realizar la solicitud

Debe presentar la cédula de identidad y en buen estado. Tiene que presentar los recibos de otras cajas, en el caso de que corresponda. Si el solicitante del subsidio de alquiler de BPS, va a cohabitar la vivienda con otra y otras personas, se debe presentar la cédula de identidad y los recibos de ingresos de esta o estas personas.

¿Cual es el monto que subsidia BPS para el pago de alquiler a jubilados y pensionistas?

El monto que subsidia el BPS, lo determina el precio promedio del mercado de alquileres, que indica el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), correspondiente a cada localidad, donde se alquile la vivienda. Además, desde BPS, se van a cubrir los gastos comunes, cuando corresponda.

¿Como se realiza la solicitud del subsidio?

La solicitud y el trámite se realiza de forma presencial, en las dependencias del Banco de Previsión Social; previa agenda en la página de BPS, o por el 1997.

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