VIVIENDA PARA JUBILADOS

Programa de Soluciones Habitacionales ¿A Quienes les Corresponde y Como Se Gestiona?


El programa Soluciones Habitacionales de BPS, esta dirigido a los jubilados y pensionistas. Y en esta información te vamos a contar, como se accede, cuales son los requerimientos y mucho mas. 

¿Qué es el programa Soluciones Habitacionales?

Se trata de un programa que ha sido diseñado para dar soluciones habitacionales a los jubilados y pensionistas del Banco de Previsión Social (BPS).

¿Cuáles son las formas en las que se lleva adelante este programa?



Existen 3 modalidades de solución habitacional

  • Adjudicación de una vivienda que estará ubicada en los conjuntos habitaciones para los jubilados y pensionistas que adjudica BPS.
  • Subsidio de alquiler de hasta 5.171 pesos.
  • Subsidio de un cupo para recibir atención en los hogares para el adulto mayor.

¿Quiénes pueden acceder a estas soluciones habitacionales?

Las personas que pueden acceder a cualquiera de las 3 modalidades, deben ser jubilado/a o pensionista de BPS. Además se debe estar inscripto en el Programa Soluciones Habitacionales y contar con las condiciones requeridas para poder acceder a una solución de vivienda.

Requisitos indispensables para poder acceder al programa



  • Ser jubilado o recibir una pensión contributiva de BPS. (es la pensión por fallecimiento).
  • Los ingresos nominales no deben superar las 12 UR al momento de la inscripción.
  • Es importante aclarar que dentro de los requisitos de ingresos no solo cuentan los recibidos por jubilación o pensión. Sino que se tomaran en cuenta todos los ingresos regulares y permanentes de cualquier naturaleza, como por ejemplo, los ingresos por caja militar, policial, bancaria, profesional, notarial o extranjera. Ademas se van a sumar los ingresos percibidos por alguna actividad extra que usted realice, o si recibe alguna ayuda monetaria de algún familiar. Por otra parte se exceptúan de este punto las prestaciones por concepto de rentas personales permanentes por accidentes de trabajo del BSE y de prima por edad.
  • Si es propietario, copropietario, titular de derecho de uso y habitación, promitente comprador, usufructuarios o titulares de otros programas de vivienda no podrá acceder al programa de soluciones habitacionales.

¿Cómo se realiza el tramite?



Deberá agendarse para concurrir a las oficinas de BPS, llamando al 1997 o por la web. En el momento de presentarse en la entrevista, tiene que presentar la cedula de identidad vigente y en buen estado. Tendrá que concurrir con el ultimo recibo de cobro, recibos de otras cajas en el caso de que así corresponda, y si usted como solicitante va a vivir con otra persona, tiene que presentar la cedula de identidad y el recibo de ingresos (en caso de tenga) de la misma.

¿Qué gastos le genera al jubilado o al pensionista en el caso de los alquileres?

No tendrá gasto alguno. No es necesario tener un ahorro previo y no necesita pagar ninguna comisión. En el caso de los alquileres, el jubilado o pensionista solo deberá hacerse cargo de los gastos de agua, luz, tributos municipales, etc. Por lo demás es BPS quien se hace cargo del pago del alquiler y los gastos comunes, al propietario de la vivienda a través de la Contaduría General de la Nación.


Si no puedes acceder a este Programa de Soluciones Habitacionales, te invito a seguir este enlace, puede que encuentres una modalidad que se adapte a tus necesitadas.

Fuente: BPS

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