Nuevo Período de Inscripción para la Credencial Cívica, Traslados y Certificados de Avecinamiento

Credencial Cívica

La Corte Electoral anunció la apertura de un nuevo período inscripcional que se extenderá desde el 21 de julio de 2025 hasta el 15 de abril del año en que se realicen las próximas elecciones nacionales ordinarias. Durante este período, se podrán gestionar los siguientes trámites:

  • Credencial Cívica por primera vez

  • Traslado de Credencial

  • Certificado de Avecinamiento

Credencial Cívica por primera vez

¿Quiénes deben tramitarla?

Están obligadas a gestionarla todas las personas nacidas en Uruguay que cumplan 18 años hasta el segundo domingo de mayo de 2030 (fecha de las próximas elecciones departamentales).
No es necesario tener los 18 años cumplidos al momento del trámite.



Documentación requerida:

  • Documento de identidad: Cédula o cualquier documento con foto que coincida con los datos de la partida de nacimiento.

  • Partida de nacimiento:

    • Si naciste en Uruguay: Partida emitida por el Registro Civil o por la Intendencia correspondiente.

    • Si naciste en el exterior: Deberás presentar partida extranjera legalizada o inscripción en el Libro de Extranjeros, partida de uno de tus padres uruguayo(a) y Certificado de Avecinamiento.

  • Carta de ciudadanía (si aplica): En caso de ser ciudadano legal con más de tres años de otorgada.

🔹 Dato útil: Si naciste en Montevideo y realizás el trámite allí, no necesitás llevar la partida, se imprime en el momento.

Traslado de Credencial Cívica

El traslado puede ser departamental (dentro del mismo departamento) o interdepartamental (entre distintos departamentos), y actualiza la serie de la credencial según el nuevo domicilio.

¿Qué se necesita?

  • Documento de identidad (credencial, cédula u otro con nombre completo y foto).

  • Abonar un costo de $200 en efectivo en el momento del trámite.

Modalidad del trámite:

  • Presencial, sin agenda previa.

  • Atención por orden de llegada.

  • Debés concurrir a la oficina correspondiente al nuevo domicilio.

Certificado de Avecinamiento

Este documento permite a personas nacidas fuera del país inscribirse en el Registro Cívico Nacional, si tienen padre, madre o abuelo(a) uruguayo/a, o fueron adoptadas bajo ciertas condiciones.

¿Qué significa “avecinarse”?

Implica demostrar voluntad de residir en Uruguay, con pruebas como:

  • Permanencia en el país por más de tres meses.

  • Empleo, estudios o contrato de vivienda.

  • Instalación de un comercio o actividad similar.

Se deben acreditar al menos dos de estas condiciones, mediante documentos emitidos en los últimos tres meses.

Requisitos:

  • Documento de identidad o pasaporte.

  • Partida de nacimiento (del solicitante y del familiar que genera el vínculo).

  • Documentación que compruebe el avecinamiento.

 El trámite es gratuito, presencial, y no requiere agendarse.

Dónde y cuándo realizar los trámites

Oficinas fijas:

Montevideo:
📍 25 de mayo 567 esq. Ituzaingó
🕐 Lunes a viernes de 10:00 a 15:30

Interior del país:
En todas las Oficinas Electorales Departamentales y en las oficinas inscriptoras de Pando, Las Piedras y Ciudad de la Costa.

Oficinas móviles:

Funcionarán según un cronograma que será publicado próximamente en la web de la Corte Electoral.

Para el Certificado de Avecinamiento en Montevideo:

📍 Ituzaingó 1467, Planta Baja
🕐 Lunes a viernes de 10:00 a 15:00
📞 Teléfono único: 1924

Información adicional

  • La partida de nacimiento es gratuita si se tramita para obtener la credencial.

  • No hay trámites urgentes ni con agenda previa.

  • Toda la atención es personal y por orden de llegada.

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Fuente: Corte Electoral

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