Jubilación parcial flexible para trabajadores dependientes

Jubilación parcial flexible

Jubilación parcial flexible (Ley N.º 20.130)

La jubilación parcial flexible permite a los trabajadores dependientes que ya cumplieron con las condiciones para jubilarse (de forma normal o anticipada) continuar trabajando en el mismo empleo, pero con una reducción de la carga horaria y del salario.

Esta modalidad busca facilitar una transición gradual hacia el retiro, manteniendo parte de la actividad laboral y percibiendo, al mismo tiempo, una parte proporcional de la jubilación.



¿Quiénes pueden acceder?

Pueden acceder todos los trabajadores dependientes afiliados al BPS que cumplan con una causal de jubilación, ya sea:

  • Normal.

  • Anticipada por desempeño de tareas particularmente exigentes (según lo establece la normativa).

  • Proveniente de regímenes jubilatorios anteriores.

Requisitos principales

Para acceder a la jubilación parcial flexible, se debe:

  1. Configurar una causal de jubilación (normal o anticipada), siempre que no existan incompatibilidades.

  2. Acordar con el empleador continuar trabajando como dependiente, reduciendo:

    • Entre una tercera parte y la mitad de la carga horaria semanal o mensual.

    • Y en igual proporción, la remuneración.

  3. Presentar el acuerdo firmado entre el trabajador y la empresa ante el BPS.

Préstamos sociales para jubilados y pensionistas en Montevideo

¿Cuánto se cobra?

El trabajador percibirá una cuota parte de su jubilación total, equivalente al porcentaje en que se reduzca la remuneración.

Por ejemplo:
Si la reducción salarial es del 40 %, el trabajador cobrará el 40 % del monto jubilatorio que le correspondería.

Consideraciones según el régimen jubilatorio

  • En regímenes jubilatorios anteriores, no se aplica el ajuste al valor mínimo de la jubilación mientras se mantenga la actividad.

  • En el Nuevo Sistema Previsional Común, no se paga el Suplemento Solidario durante la actividad parcial.

Incompatibilidades

No podrán acceder a la jubilación parcial flexible quienes:

  • Perciban jubilación por imposibilidad física o subsidio transitorio por incapacidad parcial.

  • Se jubilen por años bonificados y realicen una actividad de la misma naturaleza (excepto docentes).

  • Accedan a jubilación anticipada por extensa carrera laboral.

  • Desarrollen actividad no dependiente, o estén afiliados a cajas notarial o profesional.

Duración de la prestación

La jubilación parcial flexible se mantiene hasta el cese definitivo de la actividad.

Una vez que el trabajador deje de trabajar, debe solicitar el 100 % del monto jubilatorio.
La asignación final no podrá ser inferior a la que le hubiera correspondido inicialmente.

Cómputo ficto por cuidados

Los hijos pueden generar cómputos fictos que se suman a los años de trabajo reconocidos.

Tramitación

Si el trabajador inicia el trámite por primera vez: Solicitud de jubilación – BPS



Comentarios de Facebook

Comentarios

Destacados del Mes

Informacion Social Uruguay
Desarrollado por Del Plata Marketing Del Plata Marketing
error: Content is protected !!