¿Qué sucede si no voto en las elecciones departamentales? Multas y justificaciones

elecciones departamentales

El próximo domingo 11 de mayo se llevarán a cabo las elecciones departamentales y municipales en Uruguay. En esta instancia, los ciudadanos elegirán intendentes, alcaldes, ediles y concejales para los gobiernos municipales, intendencias y juntas departamentales. Es importante recordar que el voto es obligatorio y, de no cumplir con esta obligación, los electores deberán abonar una multa o justificar su inasistencia, según lo establece la Ley N° 16.017.

Opciones ante la no emisión del voto

Quienes no concurran a votar tendrán dos alternativas; pagar una multa o presentar una justificación válida ante la Corte Electoral. El período para realizar la justificación será del 13 de mayo al 12 de junio de 2025, mediante un formulario que estará disponible a partir del 13 de mayo en la pagina de la Corte Electoral.

¿Cuáles son las causas aceptadas para justificar la no votación?

  • Enfermedad o imposibilidad física: Se deberá presentar un certificado médico que acredite la situación. Si el documento es emitido por una institución privada, tendrá que estar acompañado de un timbre profesional.

  • Estancia en el exterior: Aquellos que se encuentren fuera del país el día de las elecciones podrán justificar su ausencia con documentos que acrediten la salida y el regreso a Uruguay. Entre las pruebas válidas se incluyen certificados de Migración, pasaportes con sellos correspondientes, pasajes aéreos o marítimos, constancias laborales en el extranjero, entre otros. En este caso, el plazo para justificar es de 30 días desde el reingreso al país.

  • Uruguayos residentes en el exterior: Podrán justificar su ausencia ante el consulado uruguayo más cercano dentro de los 20 días anteriores o posteriores a la fecha de la elección.

  • Razones de fuerza mayor: También será válida la justificación si existió algún hecho de fuerza mayor que haya impedido asistir a votar. Deberá presentarse documentación que respalde la situación alegada.

¿De cuánto es la multa por no votar?

Aquellas personas habilitadas para votar que no lo hagan ni justifiquen su falta, deberán pagar una multa que puede abonarse online a través del sitio web de la Corte Electoral, utilizando el formulario que se habilitará luego de la jornada electoral.

El monto de la multa será:

  • 1 UR (Unidad Reajustable) para ciudadanos comunes.

  • 2 UR para funcionarios públicos y profesionales titulados por la Universidad de la República.

No existe un plazo límite para efectuar el pago de esta multa.

¿Qué se elige en estas elecciones de Mayo?

En las elecciones del 11 de mayo, los ciudadanos debemos votar…

  • Gobiernos departamentales: Se elige un intendente y 31 ediles para la junta departamental de cada uno de los 19 departamentos.

  • Gobiernos municipales: Se seleccionarán alcaldes y concejales en los 125 municipios distribuidos en todo el país.



Fuente: El País

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